
¿Quieres recurrir una multa de radar? La gran mayoría de las multas de tráfico en España se deben a excesos de velocidad, pues en muchísimos lugares la Dirección de Tráfico ha instalado radares que supervisen que los conductores manejen bajo la velocidad permitida.
Sobrepasar el límite de velocidad es considerada como una infracción del tipo grave, la cual se ve asociada al pago de entre 100 y 600 euros y la retirada de puntos del carnet de conducir.
La Dirección General de Tráfico dispone de diversos tipos de radares: fijos, móviles, Velolaser y los más nuevos que van montados sobre los helicópteros Pegasus. Sin embargo, lo que todos tienen en común es que presentan un margen de error y es este punto el que puede utilizarse para recurrir una de estas multas, si crees que la tuya es injusta.
A continuación se encuentran los pasos que debes seguir para recurrir una multa por exceso de velocidad con éxito.
Pasos para recurrir una multa de radar por exceso de velocidad
Recurrir una multa por radar no es un proceso complicado, tan solo debes presentar un escrito en el que expongas las razones por las que no fuiste el autor de la infracción, la razón de que la consideres injusta o si hay algún error que la invalide.
La DGT puede poner en un solo día más de 10.000 multas en todo el territorio nacional y esto sin tomar en cuenta las que pueden imponer otros establecimientos como los ayuntamientos, por lo que muchas veces estas denuncias son inválidas o injustas. Estas son las pautas que debes saber para recurrir a una.
1. Plazos límites para recurso a multa de radar
El tiempo que tiene el infractor para realizar el procedimiento de recurrir a una multa es de 20 días naturales (es decir, incluyendo fines de semana y festivos) y comienza a contarse desde el momento en que se recibe la notificación de infracción, bien sea entregada en mano o recibida por correo certificado.
Igualmente, en el reverso de la notificación también está indicado el plazo, así como toda la información para recurrir la multa.
2. Anular el 50% por pago rápido
El infractor tiene derecho al pago rápido o reducido, el cual consiste en abonar únicamente la mitad del importe de la sanción si la multa se cancela en los siguientes 20 días de haber recibido la notificación.
Muchos conductores optan por esta opción en lugar de recurrir la multa, sobre todo cuando el monto de la sanción no es muy alto. Sin embargo, es conveniente asesorarse pues no es algo muy difícil encontrar defectos o errores en las denuncias que permitan anular la multa impuesta.
Es importante recordar que si decides recurrir, ya no tendrás derecho al pago reducido del 50% de la sanción. Del mismo modo, si optas por el pago rápido estarás aceptando la sanción y pierdes el derecho a recurrir.
3. Buscar defectos de forma en la multa por radar
Los defectos de forma suceden con bastante frecuencia, por lo que conviene revisar detalladamente los datos que aparecen en la denuncia. Si existe algún error puede invalidarse.
- Datos personales: DNI, nombres, apellidos.
- Datos del coche: modelo, marca y matrícula del vehículo.
- Fecha y hora: si la fecha es incorrecta, puedes presentar pruebas de tu presencia en otro lugar en ese momento.
- Información sobre el hecho: Cuando no se tiene información sobre el motivo de la multa.
4. Si no fue parado, debe recibir una solicitud para identificarlo
Si el conductor no fue parado en el momento que se detectó que manejaba con exceso de velocidad, la DGT está en el deber de enviar una solicitud al conductor con el propósito de identificarlo.
Este paso es muy importante, pues si no lo hacen estarían suponiendo que el delito fue cometido por el titular del vehículo y si apelas por “atribución arbitraria de responsabilidad” podría invalidarse la multa.
5. Consultar que la foto realizada es nítida y sin destellos
La fotografía que registra la infracción es la prueba más importante de las sanciones por exceso de velocidad con radar. El hecho de que tenga defectos es el motivo ideal para recurrir con éxito.
La foto debe ser nítida, debe hacerse sin flash ni otros sistemas que produzcan destellos y afecten la visibilidad del conductor.
En la instantánea no debe aparecer ningún otro vehículo que el sancionado y la matrícula de éste debe ser legible. Además, debe verificarse que la hora y el día sean correctos.
6. Pliego de descargo
El pliego de descargo es un documento elaborado por el conductor en el que alega las razones por las que considera la multa injusta. Debe presentarse el escrito y las pruebas que verifiquen la alegación.
Este pliego debe cumplir con unas pautas y formalidades ya establecidas, por lo que muchas veces las personas contratan a expertos o agencias de seguro que prestan servicios y asesoría respecto al tema.
7. Dónde presentar el recurso
Si la multa fue impuesta por la DGT, puedes presentar el recurso o alegación de tres maneras:
- Internet: Ingresando a la plataforma de la DGT, donde tendrás que indicar el número de expediente de la denuncia que quieres recurrir.
- Por correo postal: Debes enviar tu escrito de alegaciones a la dirección de la Jefatura de Tráfico que está tramitando tu sanción o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.
- Presencialmente: También puedes dirigirte a cualquier oficina de tráfico que te quede más cercana.
Por el contrario, si la multa fue impuesta en la ciudad por la Policía Local, entonces debes presentar el recurso ante el Ayuntamiento.
8. Qué ocurre si el recurso por multa de radar es desestimado
Si la alegación es desestimada, el conductor puede seguir reclamando vía administrativa al presentar un recurso de reposición ante el Ministerio del Interior. Para este nuevo recurso tiene un plazo de un mes.
9. Caducidad o tiempo de prescripción de las sanciones
La Administración también tiene que cumplir con ciertos plazos para que las multas no prescriban y se anulen. Para las multas leves el plazo es de 3 meses, las multas graves tienen un plazo de 6 meses y las muy graves 1 año. Las multas por radar pueden mantenerse hasta por 4 años.